Tuesday, June 15, 2010

SOLICITUDES DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS DEL RÍO QUINCHOL

FLORAN 1ª solicitud (junio 2007)

Ejercicio permanente y continuo en subsidio eventual sobre aguas superficiales y detenidas del Lago Tinquilco por 2,9 m3/s.

COMITÉ (julio 2007)

De aguas corrientes del Río Quinchol, de ejercicio permanente y discontinuo, entre los meses de Mayo y Noviembre, ambos incluidos. La cantidad de agua que se solicita es un caudal de 3 m3/s.

FLORAN 2ª solicitud (marzo 2008)

Ejercicio permanente y continuo en subsidio eventual sobre aguas superficiales del rio Quinchol.

HUTURI (julio 2008)

De aguas superficiales y corrientes del Río Quinchol, de ejercicio permanente y continuo, en subsidio, eventuales, por un caudal de 9 m3/s.

REMATE PROBABLE DESPUÉS DE AGOSTO 2010

Los derechos de agua que la DGA de Temuco determinó como disponibles en el desagüe del lago Tinquilco son los siguientes:

Q (lts/s)

ENE

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGO

SEP

OCT

NOV

DIC

Permanentes y discontinuos

0

0

0

0

85

1200

950

920

890

720

500

80

Eventuates discontinuos

450

150

0

560

3000

2900

3200

2000

1450

1700

1550

1600

Se rematarán SOLO los derechos « permanentes » entre los meses mayo a noviembre por solicitudes incompatibles entre el Comité y Floran Adisson (en rojo). Los derechos de agua eventuales de los meses de mayo a noviembre serán adjudicados exclusivamente por el Comité, según su Solicitud, independiente del resultado del remate. Los derechos exclusivos adjudicados para F. Adisson son los permanentes de diciembre a abril (en rigor al cálculo DGA, son solo los 80 L/seg permanentes del mes de diciembre). Quedan disponibles los derechos eventuales de diciembre a abril. En rigor estos últimos serían objeto de un segundo remate por solicitudes incompatibles en el río Quinchol, de Floran Adisson y Huturi S.A. Sin embargo, si alguna de las partes del 1º remate desiste de su solicitud no habría 1º ni 2º remate y si hay 1º remate no habrá 2º, pues ese remanente de agua no alcanza para los fines solicitados.

1) Distribución de caudales disponibles (en negro) y en disputa (en rojo) de la solicitud ND-0902-9707 (FLORAN 1ª solicitud)

Q (lts/s)

ENE

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGO

SEP

OCT

NOV

DIC

Permanentes y discontinuos

0

0

0

0

85

1200

950

920

890

720

500

80

Eventuates discontinuos

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

2) Distribución de caudales disponibles (en negro) y en disputa (en rojo) de la solicitud el Comité: derechos de aguas en el río Quinchol para los meses de mayo a noviembre, ambos incluidos:

Q (lts/s)

ENE

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGO

SEP

OCT

NOV

DIC

TOT

Permanentes y discontinuos

0

0

0

0

85

1200

950

920

890

720

500

0

5.265

Eventuates discontinuos

0

0

0

0

2915

1800

2050

2000

1450

1700

1550

0

13.465

Otras aguas eventuales

450

150

0

560

80

2.840

TOTAL

3.000

3.000

3.000

2.920

2.340

2.420

2.050

18.730

% Comité respecto del caudal a rematar

97,2

60,0

68,3

68,5

62,0

70,2

75,6

71,89%

% Comité respecto del caudal TOTAL

21.570

62,42%

3) La tercera Solicitud es nuevamente del Sr Adisson y recae sobre aguas del río

Quinchol (solicitada para corregir el determinante error de la 1ª), pues esta se presentó sobre aguas del lago las cuales no pueden pretender derechos eventuales.

4) La cuarta Solicitud es de Huturi SA, que recae sobre aguas del Quinchol. Es parte de una estrategia mayor, un complejo hidroeléctrico de más de 80 MW que pretende ocupar también aguas del Río Liucura y del Río Nevado e instalación con tendido de alta tensión.

Ambos 3) y 4),

Notas:

- La 3ra y la 4ta solicitudes no irían al 2º remate, pues no podrán adquirir más aguas de las que queden disponibles de la adjudicación de derechos de la 1ra y la 2da. Solicitudes. No habrá caudal suficiente.

Ambos solicitantes no son de interés para el Comité en tanto relación alguna, luego podrían ocupar sus derechos, oportunidades y capacidades para asistir al 1º remate solo con afán especulativo.

Existen varios derechos de agua CONSUNTIVOS que poseen particulares aguas arriba de la restitución, lo cual obliga descontar unos 450 L/seg. a los derechos disponibles en el desagüe del Lago Tinquilco. Esta agua no se usa para el fin por el cual fueron concedidos. Solo uno de los adquirentes las utiliza actualmente, y como aguas no consuntivas en una microcentral hidroeléctrica que consume menos de 50 L/seg. Para efectos de la viabilidad del Proyecto será necesario convenir una transacción por el uso de estas aguas que no se usan.

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