Tuesday, June 15, 2010

DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS NO CONSUNTIVAS TINQUILCO-RIO QUINCHOL

DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS NO CONSUNTIVAS

TINQUILCO-RIO QUINCHOL

Comité de Protección y Desarrollo Sustentable

de Tinquilco, 2007-2009, Pucón, Chile.

Reseña de Acontecimientos:

El 27 de junio de 2007, Floran Martin Adisson, ciudadano francés residente en Chile, ingresa a la Dirección General de Aguas (DGA) una solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas de 2,9 m3/segundo, de captación de aguas detenidas del Lago Tinquilco, de ejercicio permanente y continuo, para instalar una minicentral hidroeléctrica de 8,5 Megawatt de potencia. La comunidad de Tinquilco se entera a través del vecino Jungen Mattig, el cual descubre la publicación de la solicitud en el Diario Austral de Temuco.

La directiva del Comité se informa y difunde la situación para impedir la aprobación de tal derecho. Solicita formalmente la presentación de Oposición a la CONAF y Municipalidad de Pucón. El Comité decide contratar una asesoría técnico-administrativa de Francisco Díaz, Ingeniero hidráulico con experiencia laboral en la DGA. Para ello, los dirigentes dan urgencia al caso y solicitan una cuota extraordinaria a los vecinos cuya conciencia y empuje hicieron posible lo que hoy tenemos. Cabe destacar ahora a los 30 vecinos, 4 que viven aquí y 26 de 2ª residencia, que logramos reunir US $ 920. El costo total, incluida la asesoría (US $ 700), publicaciones, transporte y otros fue de aproximadamente US $ 1.000, es decir solo se ocupó US $ 80 de los ahorros del Comité.

La estrategia que propuso el asesor, consistió en la presentación de una oposición bien argumentada a la solicitud de Floran A., y simultáneamente la presentación de una solicitud de aprovechamiento de aguas de características similares, la cual fue ingresada el día 26 de julio de 2007. El Comité solicita derechos en aguas superficiales desde el Río Quinchol, de ejercicio permanente y discontinuo de Mayo a Noviembre, por 3 m3/seg. para una minicentral de 8,8 MW, con sometimiento a certificación ambiental a través del sistema de gestión ambiental ISO-14001.

El objetivo de la oposición era impedir el otorgamiento de dichas aguas a Floran A., sin embargo, ni esta ni las más de 20 oposiciones presentadas tuvieron acogida en la DGA. Por otro lado, el objetivo implícito de la solicitud de aguas del Comité Tinquilco fue impedir sucesivas solicitudes no consuntivas de captación al Río Quinchol o Lago Tinquilco y para ello era inseparable consignar el mismo propósito de uso hidroeléctrico de las aguas, para competir por un lado y para no ser descalificado por considerar usos que la ley no considera (como el uso de conservación para el ecoturismo).

El 18 de Marzo de 2008, Floran Adisson presenta una nueva solicitud, esta vez con captación desde el Río Quinchol. Asimismo, Inversiones y Asesorías Huturi S.A, solicita también aguas no consuntivas por 9 m3 el 15 de Julio de 2008. Ambas solicitudes no compiten en esta primera etapa.

Condiciones del Comité para incorporarse en un Proyecto de Pequeña Central Hidroeléctrica

Somos el Comité de Protección y Desarrollo Sustentable de Tinquilco (Organización social funcional con Persona Jurídica Nº 320 del 22/04/2004). El Comité se creó para defender, mantener y en lo posible restaurar, los ecosistemas de la cuenca y lago Tinquilco como entorno de amortiguación del Parque Nacional Huerquehue, Región de la Araucanía (coordenadas 39°03´ y 39°13´ latitud Sur y 71°33´ y 71°46´ longitud Oeste). Con tales fines, el Comité disputó y adquirió una parte importante de los derechos de las aguas corrientes no consuntivas del río Quinchol, en el desagüe del lago Tinquilco. Hoy en día, los dirigentes estamos evaluando la conveniencia ambiental y social de participar en la ejecución de una pequeña central hidroeléctrica, evaluando los impactos ambientales negativos de su construcción y operación, así como también los potenciales impactos positivos (flujo de capital para financiar inversiones en restauración ambiental, conservación y turismo sustentable en la cuenca de Tinquilco). Estamos buscando el mejor balance de esta evaluación, a través de la exploración de inversionistas interesados en ofertar propuestas para una eventual sociedad comercial cuyo proyecto se ajuste a ciertas condiciones:

1. Que se trate de un proyecto de Pequeña Central Hidroeléctrica de pasada, sin embalse, de potencia máxima instalada 3 MW.

2. Que el proyecto se acoja voluntariamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental con participación del Comité en la elección de la consultora y fiscalización de las medidas recomendadas; que el proyecto adopte voluntariamente un Sistema de Gestión Ambiental (SGA) certificado por la norma internacional ISO 14001 y; las garantías técnicas para hacer respetar el caudal ecológico de 20% establecido por la DGA (336 litros/seg).

3. Participación justa y proporcional en la propiedad de la empresa y representación con derecho a voz y voto en el directorio, por los derechos de aprovechamiento de agua aportados por el Comité.

4. Sobre el 50% de los ingresos anuales para el Comité, por la venta de Bonos de Carbono (CO2) una vez tramitada su adquisición, por concepto de pago por los servicios ambientales conservados y/o mejorados por la gestión del Comité (regulación del ciclo hidrológico, retención de la sedimentación, prevención de riesgos de catástrofes: bosques protectores, ordenación de la cuenca hidrográfica, conservación de la biodiversidad y estética del paisaje).

5. Seguridad de energía eléctrica para Tinquilco y localidad contigua de Paillaco, ante eventuales caidas o colapso del sistema interconectado central de electricidad del país.


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